Actualidad - 03/07/2018
CUROS DE VERANO UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE
Un análisis de casos relevantes del derecho civil aplicado al ámbito deportivo
Autor:
Redacción
Un análisis de casos relevantes del derecho civil aplicado al ámbito deportivo
El abogado sevillano Guillermo Delgado Paniagua, especialista en Derecho Deportivo y con una dilatada trayectoria profesional en este ámbito de más de dos décadas, ha puesto de manifiesto la "transversalidad" del Derecho Civil y su aplicación en el ámbito deportivo en el transcurso de la mesa redonda 'Derecho Civil y análisis de la jurisprudencia actual más relevante', en la que ha participado en la sede de la Universidad Pablo de Olavide en Carmona y en la que ha repasado algunas sentencias recientes que vienen a subrayar esta vinculación.

El seminario ‘Introducción al Derecho Deportivo’, forma parte de la oferta formativa de los Cursos de Verano de la UPO y está dirigido por los abogados Antonio Tejero Bermudo, máster en Derecho Deportivo por el Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE) y doctorando en Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Pablo de Olavide; y Miguel Pérez Rocamora, profesor del Máster de Derecho Deportivo de la Universidad San Pablo CEU de Andalucía, máster universitario en Abogacía por la Universidad Pablo de Olavide, presidente del Comité de Competición de la Federación Andaluza de Fútbol en Sevilla y miembro de la junta directiva de la Asociación Andaluza de Fútbol.

Durante su intervención, Delgado Paniagua ha analizado algunos de los casos más mediáticos que vinculan el Derecho Civil con el mundo del deporte y que están relacionados con el derecho al honor, contratos de deportistas o seguros de responsabilidad civil. Así, ha entrado a analizar el caso Vitolo, de Jesús Carballo, de De Gea, la identificación errónea –por parte de los medios- del aficionado que lanzó una botella a Juande Ramos o el caso que ha denominado “el niño que quería ser Messi”, un menor de 13 años al que su padre se llevó del Barcelona al Español y que fue demandado por el club azulgrana por incumplimiento de contrato. Finalmente, el letrado ha explicado que el Tribunal Supremo (TS) declaró la nulidad del precontrato del niño y, por tanto, de la cláusula penal a través de un fallo que calificó como “as en la manga” para los padres aunque “podría ser perjudicial para los clubes”.

Otro de los casos que ha analizado el letrado es la sentencia de 2017 de la Audiencia Provincial de Alicante que vino a ratificar la condena en primera instancia a diversos medios de comunicación por la identificación errónea de un aficionado al que mostraron como autor de la agresión al ex entrenador del Sevilla Juande Ramos sin que éste tuviera relación con los hechos y al que la justicia reconoció una indemnización de 60.000 euros por la vulneración de su derecho al honor y a la propia imagen.

Asimismo, Guillermo Delgado analizó la sentencia del TS de 5 de febrero de este mismo año sobre el caso de la marcha de De Gea del Atlético de Madrid al Manchester United por incumplimiento del contrato de representación en exclusividad y en la que se condenó al futbolista “por lucro cesante o ganancia dejada de percibir al afirmar que quedó acreditada la mala fe porque las negociaciones se hacen estando vigente el contrato, aunque se firmara cuando ya no existe”. O el caso de Jesús Carballo, el ex entrenador del equipo nacional de gimnasia acusado de presuntos abusos sexuales a deportistas menores de edad que se habrían cometido en los años 70 y 80 y que, por tanto, estarían prescritos y no pueden ser juzgados. A pesar de ello, el TS no le dio la razón a Carballo, quien había denunciado a sus presuntas víctimas por una intromisión en su derecho al honor al conceder entrevistas en los medios de comunicación. El alto tribunal entiende, en un fallo de este mismo año, que “prevalece el derecho a la libertad de expresión frente al honor del demandante”, al tiempo que asegura que las manifestaciones de las supuestas víctimas tienen “visos de veracidad”.

Por último, el abogado especialista en Derecho Deportivo ha analizado el laudo arbitral del caso Vitolo, el jugador que Las Palmas traspasó al Sevilla en 2013 a bajo precio con la condición de percibir el 12,5 por ciento de la plusvalía que generara el futuro traspaso del jugador, fichado por el Atlético de Madrid en 2017 por 35 millones de euros sin que el club sevillano, que se mostró ajeno a la operación, abonara la cantidad pactada al equipo canario.

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