Actualidad - 11/03/2019
Exige de nuevo la suspensión cautelar de los trabajos de tala y desbroce en el pinar
Alwadi-ira se plantea acudir a la vía judicial por la corta de pinos en Piedra Hincada
Autor:
Redacción
Alwadi-ira se plantea acudir a la vía judicial por la corta de pinos en Piedra Hincada
Alwadi-ira -Ecologistas en Acción- ha dirigido un escrito a la Delegación Municipal de Urbanismo y a la Delegación Municipal de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, donde se reserva el derecho a recurrir a la vía judicial, sea contenciosa o penal, a fin de restituir la legalidad vulnerada en relación a la corta de pinos en el pinar de "Piedra Hincada".

En su escrito, Alwadi-ira menciona las tres anteriores comunicaciones dirigidas a las delegaciones municipales competentes. En ellas se solicitaba la actuación municipal en uso de su autoridad y competencia para que abriese el correspondiente expediente de valoración de la actuación en orden a la otorgación, o no, de la preceptiva licencia, con la correspondiente valoración de los efectos sobre el medio ambiente con la necesaria Calificación Ambiental de acuerdo al Artículo 104. El grupo ecologista  igualmente solicitaba la personación en el expediente.

Dado que hasta la fecha Alwadi-ira no ha recibido contestación  alguna del Ayuntamiento, “solicita y exige de nuevo la suspensión cautelar de los trabajos de tala y desbroce en el citado pinar; la apertura de un expediente sancionador al carecer la citada tala de la licencia municipal a la que está obligada según los artículos 110, 111, 112 y 134 del PGOU vigente”.

También reclaman la comprobación durante la tramitación del expediente sancionador de si dicha tala tiene la documentación necesaria de otros organismos públicos, específicamente de la Junta de Andalucía. La asociación ecologista alcalareña también solicita nuevamente la personación en el expediente acogiéndose al derecho que le otorgan los artículos 2 y 23 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, teniendo, según dicha norma la consideración de parte interesada.

Alwadi-ira recuerda que el Ayuntamiento según el Artículo 68 de la  ley 7/1985 de la Bases de Régimen Local, en su apartado 1. está obligado a actuar: “Las Entidades locales tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos.” Ante esta situación advierte que si persevera en su dejadez se reserva el derecho a recurrir a la vía judicial, sea contenciosa o penal, a fin de restituir la legalidad vulnerada.

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