Actualidad - 01/02/2018
Para interrogarle por presunta malversación de fondos públicos
El Supremo llama a declarar a Gutiérez Limones por el caso ACM
Autor:
Redacción
El Supremo llama a declarar a Gutiérez Limones por el caso ACM
El magistrado del Tribunal Supremo Juan Ramón Berdugo ha citado para el próximo 8 de febrero a las 10:30 al exalcalde de Alcalá, Antonio Gutiérrez Limones que actualmente es diputado por el PSOE. Lo llama para interrogarle por presunta malversación de fondos públicos en la causa que investiga irregularidades en la extinta sociedad Alcalá Comunicación Municipal (ACM).

El Tribunal Supremo abrió causa contra el parlamentario el pasado mes de noviembre en atención a la exposición razonada que le había remitido el juzgado mixto número 2 de la citada localidad sevillana que halló "indicios de criminalidad" en la actuación del diputado con respecto a la citada sociedad municipal.

El Supremo asumió así la causa del caso ACM en la parte que se refiere a  Gutiérrez Limones y lo hace por la condición de aforado de Limones, ahora diputado y anteriormente senador. El Alto tribunal rechazó asumir la investigación respecto al resto de implicados en el caso, como le había pedido el juzgado de Alcalá. Entre ellos figuran siete personas que han sido concejales del Ayuntamiento.

Respecto a Gutiérrez Limones la exposición razonada del juez se centra en dos elementos. Por un lado su posible beneficio directo del desvío de fondos públicos y por otro de la “no adopción de medidas a las que estaba obligado legal y estatutariamente para evitar el saqueo de la entidad pública”.

De esta forma, el juez recoge que la investigación pone de manifiesto gastos de viaje y alojamiento por importe de 976 euros facturados a ACM, por un viaje a Madrid y visitas al parque de atracciones Warner y al parque temático Faunia, supuestamente disfrutados por “Gutiérrez Limones, su mujer y sus dos hijos”.

Pero además se centraba en las posibles omisiones en el control de la entidad, como causa de que no hubieran evitado las presuntas irregularidades en su gestión económica. De esta forma, el magistrado, tras describir una larga lista de ellas indica que “todas las irregularidades expuestas anteriormente y las descritas en los atestados de la Guardia Civil fueron dadas a conocer a los órganos superiores de la empresa municipal y eran conocidas por Gutiérrez Limones”. Y va más allá ya que el juez encuentra una “intención originaria de instrumentalizar la entidad para la realización de las actuaciones ahora investigadas”. Argumenta para ello la operación de ampliación del objeto social de la entidad. De crearse para gestionar la comunicación municipal, se amplió su objeto social a “cuantas actividades o servicios que coadyuven a la mejora de la imagen, promoción y desarrollo de la localidad de Alcalá de Guadaíra le sean encomendadas por el Ayuntamiento". Una modificación que califica en su escrito como “aleatoria e indeterminada” y a través de la cual  “pudo amparar toda la actuación fraudulenta que es ahora objeto de investigación e infringe la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local”.

Además cita el magistrado las advertencias realizadas por el Interventor municipal en las que pedía más medios para realizar el control efectivo de su gestión económica. Estas advertencias fueron hasta seis y como recuerda el escrito que ahora ha sido elevado al Supremo “Limones hizo caso omiso de la solicitud”.

El juez afirma a este respecto que “de la testifical del interventor se pone de manifiesto, de manera indiciaria, la existencia de una actitud deliberada y obstruccionista por parte de la junta de gobierno y la junta general de ACM, ambas presididas por Gutiérrez Limones, para que no se llevara a cabo el control contable, financiero y de eficacia de la empresa pública”.

Y todo ello le lleva a considerar la "existencia no de actuaciones aisladas de distracción de dinero público o de irregularidades contables puntuales dentro de ACM, sino de indicios de una estructura cerrada y coordinada dentro de los tres estamentos de la entidad, Gerencia, consejo de administración y de junta general, en la que mediante el incumplimiento deliberado de las obligaciones legales y estatutarias se llevó a la quiebra a la entidad pública y, finalmente, a la malversación de grandes cantidades de dinero público".

La exposición razonada que eleva el juez al Supremo hace un recorrido por toda la investigación del caso ACM y encuentra que su desarrollo da la razón a los primeros indicios que dieron origen al mismo y que aparecían en la grabación del contable de la entidad.

El magistrado cita algunas de ellas a modo de ejemplo ya que “exponer y describir una a una todas las supuestas actuaciones irregulares de saqueo de la empresa pública haría de la presente exposición razonada una exposición excesivamente extendida”.

Describe así “el viaje realizado a Puerto Rico en el que, supuestamente, irían 7 personas entre las que se encontrarían el Gerente de ACM José Luis Díaz, así como Miriam Burgos Rodríguez, Teniente Alcalde delegada de Gobernanza, miembro del Consejo de Administración de ACM, además de sus respectivas parejas”. Según el juez dicho viaje “se realizaría indiciariamente con dinero de ACM” y se justificó contablemente con una factura de una empresa proveedora de la entidad por importe de 9.200 euros. Según el relato recogido en el escrito judicial esa cantidad se ingresó en la empresa el día 17 de julio de 2008 y consta su salida ya sin IVA el mismo día. El administrador de la entidad emisora de la factura, reconoció la falsedad de la mencionada factura, según figura en la exposición judicial.

Cita también el juez la existencia de numerosas retiradas de dinero en efectivo de las cuentas corrientes de la entidad pública. “En concreto se afirma un número muy alto de retiradas de dinero mediante cheques al portador, por personal de ACM. Así de la cuenta corriente de la entidad pública abierta en la Caja Rural del Sur consta un total de 99 operaciones mediante cheque al portador por importe de 157.000 euros y de la entidad La Caixa un total de 142 operaciones por importe de 419.000 euros”

Ya en mayo de 2016, el juez instructor dictó un auto acordando “dar conocimiento y traslado de la presente causa a Antonio Gutiérrez Limones, para que se persone si así lo desea a los efectos de que pueda ejercer su defensa frente a los hechos que se le imputan”. El juez pide al Alto Tribunal que asuma las competencias del caso tanto en relación con Limones por su condición de aforado, como de los no aforados “por no poder llevarse el procedimiento de manera separada”.

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