El IBI es una de las principales fuentes de ingreso de los ayuntamientos y por ello la administración local alcalareña ha aplicado un importante aumento en este impuesto para paliar la difícil situación económica que atraviesan sus arcas. El resultado será que por este concepto ingresará este año alrededor de tres millones de euros más. La responsabilidad de la subida corresponde en su práctica totalidad al Ayuntamiento, ya que al Estado sólo es achacable un cinco por ciento para el total de la subida, del que además están exentos la mitad de los inmuebles de la localidad, aquellos que tienen menor valor catastral.
Para los ciudadanos esto se traduce en que deberán pagar entre un 26% y un 48% más que el año anterior. Cada uno conoce ya por las cartas enviadas por Arca la cuantía que esto supone. Subidas que en muchos casos superan los cien euros anuales. En la cantidad total a pagar influye de forma considerable la ubicación del inmueble. De esta forma, hemos comprobado como la subida es especialmente alta en zonas como: Nueva Alcalá, con 98 euros; la zona centro, 66 euros; Cerro Blanco 87 euros o la Plaza de la Almazara, 59 euros. Por el contrario entre las zonas en las que menos sube figuran por ejemplo Las Angustias o el Instituto, donde no obstante comprobamos que hay recibos que se incrementan alrededor de 30 euros.
En resumen, a cada ciudadano con un bien inmueble en propiedad le cuesta este año entre un 26% y un 48% más que el año anterior. Hagan sus cálculos.
El procedimiento para aplicar esta subida es el siguiente.
En sesión celebrada el día 31 de octubre de 2011, el Ayuntamiento aprueba la ordenanza fiscal, reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). En el artículo 11 de esta Ordenanza municipal, se aprueba la subida del Tipo de gravamen, es decir, el tipo impositivo para bienes inmuebles de naturaleza urbana que para 2012 asciende hasta el 0,573, lo que supone una subida de un 21%. El tipo impositivo en 2011, 2010, 2009 y 2008 para estos bienes era el 0,473. En 2007 de 0,459, en 2006 y 2005 de 0,446, y en 2004 de 0,433.
El recibo de IBI que pagamos se calcula multiplicando directamente la base imponible del valor catastral por el tipo impositivo y dividido por 100, es decir: base imponible del valor catastral x tipo impositivo %. Un inmueble con base imponible del valor catastral de 100.000 euros pasa de pagar 100.000 x 0,473 % = 473 €, a pagar con el nuevo tipo aprobado por el Ayuntamiento 100.000 x 0,573 % = 573 €, es decir, 100 euros más en un solo año.
Además, la base imponible del valor catastral sube todos los años de forma gradual hasta 2018, ya que para la última revisión del valor catastral de 2009 se realizó un procedimiento de valoración colectiva de carácter general del municipio para bienes urbanos. Por ello, puesto que la base imponible del valor catastral es uno de los factores multiplicador para el cálculo del recibo, en nuestro recibo notaremos mayores subidas aún que en el ejemplo de arriba.
La revisión del valor catastral colectiva encargada por nuestro Ayuntamiento es de 2009, se comenzó a aplicar en el recibo de 2010 y subirá año tras año la base imponible del valor catastral hasta 2018. A pesar de ello, para este año el gobierno municipal ha optado por una nueva subida adicional del 21 % mediante la subida del tipo impositivo. La mayor subida de la historia de Alcalá.
Para colmo de los ciudadanos, el gobierno central, mediante Real Decreto 20/2011 de 31 de Diciembre de 2011, aprueba entre otras medidas, la que afecta a nuestro municipio, con una subida del 4% sobre el tipo impositivo aprobado por el Ayuntamiento. Es decir, a la subida de nuestro Ayuntamiento del tipo impositivo de 0,573 hay que aplicar una subida de un 4% del Real Decreto para la mitad de los inmuebles residenciales con mayor valor catastral del municipio, quedando el tipo impositivo finalmente en el 0,596.
De la subida en 2012 de entre un 26% y hasta casi el 50% que puede sufrir en el recibo, y dependiendo del valor catastral de su inmueble, se puede desglosar;
1. Aproximadamente entre un 5% y un 22% es debido a la revisión catastral colectiva que se ordenó por el Ayuntamiento en el año 2009 y que sube todos los años hasta 2018. Esta subida depende de la diferencia del valor catastral antes y después de la revisión de 2009 para cada inmueble.
2. Un 21 % es debido a la subida del tipo impositivo aprobado por el Ayuntamiento en su Ordenanza Fiscal para el año 2012.
3. Un 5% del recibo se debe el Real Decreto 20/2011 del Gobierno al incrementar aún más el tipo impositivo. Esta subida no se aplicará a la mitad de los inmuebles de menor valor catastral del municipio según el Real Decreto.
En resumen, a cada Ciudadano con un bien inmueble en propiedad le cuesta este año entre un 26% y un 48% más que el año anterior, hagan sus cálculos.
El Ayuntamiento ingresará una media de un 40% mas en 2012 en concepto de IBI, uno de los conceptos por el que más ingresos directos obtiene.
Desde el gobierno municipal se apunta que esta subida se compensará para las familias con menos recursos mediante bonificaciones en la tasa de basura, que se reducirá en un 40%. Sin embargo, no especifica que volumen de familias son las que se beneficiarán de estas reducciones. Para optar a ellas la vivienda no deberá rebasar los 25.000 euros de valor catastral y los ingresos por unidad familiar deberán estar por debajo de un tope. Si la vivienda está habitada por una sola persona, estas deberá ingresar menos de 5.964 euros al año. Si son dos personas, 11.928 euros. Para tres personas el tope está en 17.892 euros. Para cuatro, 23.856 euros. Si son cinco habitantes tendrá que estar por debajo de 30.000 euros. Para optar a las mismas será necesario solicitarlo a partir del 1 de julio en Arca.
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